|
|
Circular nº 13.- Inspecciones. Carta al ministro. (09/07/2008) |
|
|
|
|
1) Se ha detectado un repunto de la actividad inspectora en relación con la formulación magistral. Parece que tienen especial interés en saber sobre Rimonabant.
Aquellas farmacias que lo estén usando deberán contar con el boletín de análisis del proveedor, si éste es un proveedor autorizado en España. Si lo han adquirido a un proveedor no autorizado en España deberán contar con el análisis completo realizado por un laboratorio acreditado.
No olviden que cada fórmula requiere su receta con todos los requisitos del Art. 7º del RD 1910/1984, y que debe contar con su correspondiente guía de elaboración.
2) Se adjunta modelo de instancia, que también se ha remitido por correo electrónico.
La Junta Directiva acordó que se difundiese para que cada farmacéutico pueda dirigirse al Ministro en los términos de la instancia, o en otros parecidos.
Sevilla, 9 de julio de 2008 |
|
|
|
|
|