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Circular nº 10.- Sobre la Central de Incidencias de Receta electrónica de Andalucía. (12/05/2008) |
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La disposición adicional primera del Decreto 181/2007, de 19 de junio, por el que se regula la receta médica electrónica en Andalucía prevé la existencia de un sistema de acceso excepcional para las oficinas de farmacia. Dicho acceso es utilizable cuando se cae el sistema, se avería el equipo o se produce una situación en la que no se pueda aplicar el acceso normal.
Nos llega información desde alguna provincia sobre que ese acceso excepcional ha sido fijado por el correspondiente Colegio en el C.I.M., cuyo horario termina la tarde del viernes cada semana.
Ello implicaría que durante las noches, y todo el sábado, domingo y festivos, la Central de Incidencias deja de funcionar, dejando a la oficina de farmacia que presta servicio nocturno o en sábados, domingos y festivos completamente desasistida para poder utilizar ese sistema excepcional. Lo que implica que los pacientes podrían quedar sin asistencia farmacéutica en esas horas si se produce alguna incidencia en el sistema.
Rogamos se nos informe sobre cómo ha sido solucionado el problemaq en esa provincia.
Sevilla, 12 de mayo de 2008. |
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